Sobre la aprobación del procedimiento y términos para la realización de exámenes médicos preventivos de los ciudadanos con el fin de detectar la tuberculosis. Sobre la aprobación del procedimiento y las condiciones para la realización de reconocimientos médicos preventivos a los ciudadanos con el fin de detectar la tuberculosis a partir de la emisión de acciones.

De conformidad con el párrafo 4 del artículo 8 Ley Federal de 18 de junio de 2001 No. 77-FZ "Sobre la prevención de la propagación de la tuberculosis en Federación Rusa"(Legislación recopilada de la Federación de Rusia, 2001, No. 26, Art. 2581; 2004, No. 35, Art. 3607; 2008, No. 30, Art. 3616; 2011, No. 30, Art. 4570; 2013 , No. 48, Art. 6165) y el subpárrafo 5.2.102 del Reglamento sobre el Ministerio de Salud de la Federación de Rusia, aprobado por el Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de 19 de junio de 2012 No. 608 (Legislación Recopilada de Federación de Rusia, 2012, No. 26, Art. 3526; 2013, No. 16, Art. 1970; No. 20, Art. 2477; No. 22, Art. 2812; No. 33, Art. 4386; No. 45, Art. 5822; 2014, No. 12, Art. 1296; No. 26, Art. 3577; No. 30, Art. 4307; No. 37, Art. 4969; 2015, No. 2, Art. 491; No. 12, Art. 1763; No. 23, Art. 3333; 2016, No. 2, Art. 325; No. 9, Art. 1268; No. 27, Art. 4497; No. 28, Art. 4741; No. 34, Art. 5255; No. 49, Art. 6922; 2017, No. 7, Art. 1066), ordeno:

8. Los exámenes preventivos son un complejo de intervenciones médicas destinadas a identificar las condiciones patológicas que indican la presencia de tuberculosis, utilizando los siguientes métodos de examen, según la edad:

a) niños de 1 a 7 años (inclusive): inmunodiagnóstico utilizando un alérgeno de bacterias con 2 unidades de tuberculina de tuberculina purificada en una dilución estándar;

b) niños de 8 a 14 años (inclusive): inmunodiagnóstico utilizando un alérgeno de tuberculosis recombinante en una dilución estándar;

c) niños de 15 a 17 años (inclusive): inmunodiagnóstico utilizando un alérgeno de tuberculosis recombinante en dilución estándar o examen fluorográfico de rayos X de los órganos del tórax (pulmones);

d) adultos: fluorografía de los pulmones o radiografía de los órganos del tórax (pulmones);

e) ciudadanos no transportables y de baja movilidad: examen microscópico del esputo en busca de micobacterias acidorresistentes.

9. Los términos para la realización de exámenes preventivos en relación con ciertos grupos de ciudadanos están determinados por este procedimiento y términos.

10. En la realización de los reconocimientos preventivos se tienen en cuenta los resultados de los estudios incluidos en la documentación médica, realizados por los ciudadanos, con anterioridad a dichos reconocimientos preventivos, cuya prescripción no supere los 6 meses desde la fecha del estudio. .

11. Para organizar exámenes preventivos en una organización médica, se designa a una persona autorizada ejecutivo(en lo sucesivo, la persona autorizada).

12. La persona autorizada controla la preparación por parte de pediatras, pediatras de distrito, médicos generales, médicos generales de distrito, médicos práctica general(médicos de familia), paramédicos (en adelante - trabajador medico responsable de realizar un examen preventivo) de una organización médica en la que un ciudadano recibe atención primaria de salud, listas de nombres de ciudadanos sujetos a examen preventivo en el próximo año calendario, de entre los que están cuidado de la salud.

Al compilar una lista de nombres, el trabajador médico responsable de realizar un examen preventivo, en relación con cada ciudadano, indica: edad, método de examen, fecha prevista y lugar del examen preventivo.

13. La persona autorizada, sobre la base de la lista de nombres, elabora un plan de calendario para realizar exámenes preventivos de ciudadanos, indicando las fechas y lugares de su conducta, el número de estudios necesarios, el número de ciudadanos para cada grupo de edad(en adelante, el plan de calendario).

14. El plan de calendario está firmado por el jefe de la organización médica o Persona autorizada a más tardar un mes antes del inicio año del calendario y se pone en conocimiento de los trabajadores médicos que participan en los exámenes preventivos, incluidos los responsables de realizar los exámenes preventivos.

15. En caso de un cambio en el número de ciudadanos sujetos a exámenes preventivos, el trabajador médico responsable de realizar el examen preventivo deberá presentar una lista actualizada de ciudadanos a la persona autorizada a más tardar el día 20 del mes en curso.

16. La persona autorizada organiza actividades para informar a la ciudadanía sobre la prevención de la tuberculosis (incluso en equipos laborales y educativos).

17. El trabajador médico responsable del examen preventivo:

a) informa a los ciudadanos que reciben atención médica en una organización médica sobre la necesidad de un examen preventivo (incluida la fecha, hora y lugar de su celebración), sobre sus metas y objetivos;

b) realiza un trabajo explicativo y motiva a los ciudadanos a someterse a un examen preventivo;

c) organiza la emisión de referencias, incluyendo formulario electrónico, para la investigación prevista por este procedimiento y términos.

18. Una vez completado el examen preventivo, se ingresa lo siguiente en una página separada en el registro médico del paciente que recibe atención médica de forma ambulatoria (historial del desarrollo del niño):

a) datos objetivos basados ​​en los resultados de la investigación realizada;

b) información sobre la presencia de contactos con un paciente con tuberculosis, los resultados de los exámenes realizados por médicos especialistas (en caso de revelar condiciones patológicas que indiquen la presencia de tuberculosis);

c) conclusión sobre la ausencia (detección) de condiciones patológicas que indiquen la presencia de tuberculosis.

19. Si, como resultado del examen preventivo, se revelan condiciones patológicas que indiquen la presencia de tuberculosis, el trabajador médico que realiza el examen preventivo debe, dentro de los 2 días calendario a partir de la fecha de finalización del examen preventivo, organizar un examen de el ciudadano de acuerdo con el Procedimiento de prestación atención médica pacientes con tuberculosis.

20. La información sobre el estado de salud obtenida como resultado de un examen preventivo se proporciona a un ciudadano en un formulario accesible para él de conformidad con la Parte 1 del artículo 22 de la Ley Federal de 21 de noviembre de 2011 No. 323-FZ " Sobre los fundamentos de la protección de la salud de los ciudadanos en la Federación de Rusia ".

Con respecto a los menores de edad establecidos en la parte 2 del artículo 54 de la Ley Federal de 21 de noviembre de 2011 No. 323-FZ "Sobre los aspectos básicos de la protección de la salud de los ciudadanos en la Federación de Rusia", información sobre el estado de Se le brinda salud a su representante legal.

_____________________________

* (1) Legislación recopilada de la Federación de Rusia 2011, No. 48, Art. 6724; 2013, nº 48, art. 6165.

* (2) Si se le asignan las funciones de médico tratante de acuerdo con la orden del Ministerio de Salud y desarrollo Social De la Federación de Rusia con fecha 23 de marzo de 2012 No. 252n "Tras la aprobación del Procedimiento para imponer a un paramédico, una partera por el jefe de una organización médica al organizar la prestación de servicios primarios cuidado de la salud y atención médica de emergencia de las funciones individuales del médico tratante para la prestación directa de atención médica al paciente durante el período de observación y tratamiento, incluido el nombramiento y el uso de medicamentos, incluidos los narcóticos medicamentos y psicotrópicos ”(registrado por el Ministerio de Justicia de la Federación de Rusia el 28 de abril de 2012, número de registro 23971).

* (3) Formulario contable No. 025 / a, aprobado por orden del Ministerio de Salud de la Federación de Rusia No. 834n de fecha 15 de diciembre de 2014 “En aprobación formas unificadas registros médicos utilizado en organizaciones médicas que brindan atención médica de forma ambulatoria, y procedimientos para completarlos ”(registrado por el Ministerio de Justicia de la Federación de Rusia el 20 de febrero de 2015, número de registro 36160).

* (4) Orden del Ministerio de Salud de la Federación de Rusia de 15 de noviembre de 2012 No. 932n "Sobre la aprobación del Procedimiento para la prestación de atención médica a pacientes con tuberculosis" (registrada por el Ministerio de Justicia de la Federación de Rusia el 7 de marzo de 2013, registro No. 27557).

* (5) Legislación recopilada de la Federación de Rusia 2011, No. 48, Art. 6724; 2013, nº 48, art. 6165.

* (6) Legislación recopilada de la Federación de Rusia 2011, No. 48, Art. 6724; 2013, no. 27, art. 3477, nº 48, art. 6165; 2016, no 27, art. 4219.

Solicitud
conducir
salud preventiva
exámenes de ciudadanos para identificar
tuberculosis aprobada
Ministerio de Salud
Federación Rusa
de fecha 21 de marzo de 2017 No. 124n

Términos de los exámenes preventivos

Grupos de ciudadanos Condiciones del examen preventivo
Una vez al año Al menos una vez cada dos años 2 veces al año Individualmente
Niños +
Adultos + (con un indicador de la incidencia global de tuberculosis en la entidad constitutiva de la Federación de Rusia de 40 o más por 100.000 habitantes) + (con un indicador de la incidencia total de tuberculosis en la entidad constitutiva de la Federación de Rusia menos de 40 por 100.000 habitantes)
Trabajadores de maternidades, (departamentos, centros perinatales) +
Personas con infección por VIH +
Personas retiradas de la observación del dispensario en organizaciones médicas especializadas en lucha contra la tuberculosis debido a la recuperación de la tuberculosis, dentro de los primeros 3 años después de haber sido retiradas de la observación del dispensario +
Personas que están bajo supervisión de dispensario (incluida la supervisión preventiva) en organizaciones médicas especializadas en narcología y psiquiatría. +
Personas puestas en libertad de los lugares de cumplimiento de una pena de prisión, de los lugares de detención, dentro de los primeros 2 años después de la liberación +
Personas investigadas detenidas en lugares de cumplimiento de penas en forma de privación de libertad, en lugares de detención +
Niños de 1 a 17 años, inclusive, no vacunados contra la tuberculosis +
Niños de 1 a 17 años inclusive, pacientes con diabetes mellitus, enfermedades crónicas inespecíficas del sistema respiratorio, tracto gastrointestinal, sistema genitourinario +
Niños de 1 a 17 años, inclusive, que reciben corticosteroides, radiación, terapia citostática e inmunosupresora, fármacos inmunobiológicos modificados genéticamente. +
Niños de 1 a 17 años, inclusive, de entre migrantes, refugiados, migrantes forzados +
Niños de 1 a 17 años, inclusive, que viven en organizaciones de servicios sociales +
Adultos con enfermedades crónicas inespecíficas del sistema respiratorio, tracto gastrointestinal, sistema genitourinario +
Adultos con diabetes mellitus +
Adultos que reciben terapia con corticosteroides, radiación, citostáticos e inmunosupresores +
Personas sin domicilio fijo +
Refugiados +
Personas que viven en organizaciones estacionarias de servicios sociales. +
Trabajadores de servicios sociales +
Trabajadores médicos, incluidas organizaciones de centros de salud, organizaciones educativas, de salud y deportivas para niños. +
Personas que viven con mujeres embarazadas y recién nacidos +
Personas a las que se les ha diagnosticado el VIH por primera vez +
Personas del entorno de niños con sensibilidad alterada a los alérgenos de la tuberculosis, si han pasado más de 6 meses desde el último examen. +
Personas en relación con las cuales existen datos sobre la presencia de contacto con un paciente con forma infecciosa de tuberculosis. +

Resumen del documento

El Ministerio de Salud de Rusia ha establecido Nuevo orden llevando a cabo preventivo exámenes médicos ciudadanos para detectar la tuberculosis. Anteriormente, fue determinado por el Gobierno de la Federación de Rusia.

Dichos exámenes se llevan a cabo en organizaciones médicas en el lugar de residencia, trabajo, servicio, estudio, en el lugar de cumplimiento de la pena de prisión, en lugares de detención. Se realizan en el marco del programa de garantías estatales provisión gratuita ciudadanos de la asistencia médica.

Para prevenir la tuberculosis, los niños se someten a inmunodiagnósticos, adultos: fluorografía pulmonar o radiografía de tórax. En ciudadanos no transportables y de baja movilidad, el esputo se examina por microscopía para detectar micobacterias acidorresistentes.

La persona autorizada de la organización médica, sobre la base de la lista de nombres, elabora un plan de calendario para realizar exámenes preventivos de ciudadanos, indicando las fechas y lugares de su conducta, el número de exámenes necesarios, el número de ciudadanos para cada grupo de edad.

1. Las reglas para el desarrollo y aplicación de cronogramas para la limitación de emergencia del modo de consumo de energía eléctrica y el uso de equipos de control de emergencia (en adelante, estas Reglas) determinan el procedimiento de interacción entre los sujetos de la industria de energía eléctrica y los consumidores de energía eléctrica (energía) (en adelante, consumidores) en el desarrollo y aplicación de horarios para la limitación de emergencia del modo de consumo con el fin de garantizar el funcionamiento confiable del Sistema Unificado de Energía de Rusia, el procedimiento para usar la automatización de control de emergencia, como así como el procedimiento para determinar el tamaño de la armadura tecnológica y de emergencia.

2. La limitación total y (o) parcial del modo de consumo de energía eléctrica (potencia) (en adelante, limitaciones de emergencia) se realiza de acuerdo con los cronogramas de limitación de emergencia, así como mediante la acción de emergencia y automatización del régimen. equipo.

horarios de limitación de consumo, de acuerdo con los cuales se notifica a los consumidores con anticipación de la necesidad de limitar el consumo de energía eléctrica (potencia) y llevar a cabo de forma independiente medidas técnicas (tecnológicas) para reducir el consumo en los volúmenes y períodos del día especificados en la notificación . La implementación de dichos horarios se puede llevar a cabo sin desconectar los receptores de energía y (o) las líneas de energía;

horarios de parada temporal del consumo, según los cuales, sin notificación previa a los consumidores, la organización de la red al mando (orden) del operador del sistema (sujeto de control de despacho operativo en un sistema de energía eléctrica territorial tecnológicamente aislado) (en adelante, el operador del sistema) o de forma independiente por la organización de la red en la forma prescrita por estos Por las reglas, se realizan cortes de líneas eléctricas y transformadores. En este caso, también puede prever el cierre de las instalaciones eléctricas por orden (orden) del operador del sistema directamente por parte del personal de los consumidores.

4. Con el fin de organizar la interacción de las entidades de la industria eléctrica y los consumidores en el desarrollo y aplicación de los cronogramas de limitación de emergencia, así como para asegurar la efectividad de la introducción de los cronogramas de limitación de emergencia, las entidades de energía eléctrica en la forma prescrita por este Reglamento. mantener listas de organizaciones que llevan a cabo acciones reales para introducir restricciones de emergencia, así como listas de consumidores, en relación a los dispositivos receptores de energía de los cuales se realiza una limitación de emergencia de la carga de consumo.

Las acciones reales para introducir restricciones de emergencia las llevan a cabo las organizaciones de la red, las organizaciones de venta de energía, los proveedores de garantía, organizaciones de suministro de energía, así como a los propietarios y demás propietarios legales de centrales eléctricas, a los buses o conmutadores a los que se conectan los receptores de potencia de los consumidores.

a) las organizaciones de la red anualmente, antes del 1 de agosto, forman listas de consumidores que han celebrado contratos para la prestación de servicios para la transmisión de energía eléctrica con estas organizaciones de la red, cuya limitación de emergencia de la carga de consumo es realizada por el indicado organizaciones de la red de acuerdo con los horarios de limitación de emergencia;

b) otras organizaciones que posean por derecho de propiedad o de otra manera base legal instalaciones de la red eléctrica, organizaciones de venta de energía, organizaciones de suministro de energía, proveedores de garantía, propietarios y otros propietarios legales de plantas de energía, a los autobuses o conmutadores a los que se conectan los receptores de energía de los consumidores, anualmente, antes del 1 de agosto, forman listas de consumidores que tienen contratos de suministro de energía celebrados (compra y venta (suministro) de energía eléctrica) o contratos para la prestación de servicios para la transmisión de energía eléctrica con las organizaciones especificadas, la limitación de emergencia de la carga de consumo se lleva a cabo por las organizaciones especificadas de acuerdo con los horarios de limitación de emergencia.

8. El operador del sistema establece anualmente requisitos para los programas de limitación de emergencia que son obligatorios para las organizaciones de la red que poseen o poseen legalmente instalaciones de la red eléctrica, que se incluyen en la lista de objetos despachados y que realizan acciones reales para introducir limitaciones de emergencia por comando ( orden) operador del sistema (en adelante, los principales destinatarios de los comandos sobre restricciones de emergencia), y hasta el 1 de julio los envía a estas organizaciones.

9. Los requisitos del operador del sistema para los programas de limitación de emergencia incluyen los volúmenes de entrada de limitación de emergencia, mínimo tiempo requerido para la introducción de restricciones de emergencia y el territorio para la introducción de restricciones de emergencia.

Estos requisitos los determina el centro de despacho del operador del sistema sobre la base de una evaluación de los cálculos de posibles perturbaciones de emergencia en el régimen de energía eléctrica y el análisis de la amenaza de una escasez de energía eléctrica y potencia y una escasez de capacidad en las secciones controladas. y en tramos individuales de la red eléctrica en el área de operación del centro de despacho correspondiente.

10. El operador del sistema puede prever una limitación de emergencia en total para todos los consumidores conectados a las redes de todas las organizaciones que operan en el territorio de la entidad constitutiva correspondiente de la Federación de Rusia:

de acuerdo con los horarios para limitar el modo de consumo, por un valor total de no más del 25 por ciento del consumo diario planificado de energía eléctrica y no más del 20 por ciento de la capacidad planificada consumida durante las horas pico de carga;

En los sistemas de energía eléctrica territorial tecnológicamente aislados, la magnitud de la limitación de emergencia puede ser aumentada por la decisión de los sujetos relevantes de la gestión del despacho operativo, acordada con la autoridad. poder Ejecutivo la entidad constitutiva correspondiente de la Federación de Rusia.

11. El operador del sistema, en los requisitos para los horarios de limitación de emergencia, establece en los territorios por él determinados la distribución de los volúmenes de introducción de limitaciones de emergencia entre las organizaciones incluidas en la lista de receptores primarios de los comandos de limitación de emergencia. Los requisitos para los programas de limitación de emergencia también pueden contener volúmenes individuales de entrada de limitación de emergencia en puntos específicos de la red eléctrica.

12. Los requisitos para los volúmenes de entrada de los límites de emergencia son establecidos por el operador del sistema por separado para los horarios de limitación del modo de consumo y para los horarios de parada temporal de consumo.

13. Los requisitos para los horarios de restricciones de emergencia son enviados por el centro de despacho del operador del sistema a las organizaciones incluidas en la lista de destinatarios primarios de los comandos de restricciones de emergencia y que operan en el área operativa del centro de despacho correspondiente.

15. Las organizaciones de la red forman anualmente, antes del 1 de junio, listas de destinatarios secundarios de los comandos sobre restricciones de emergencia en el formulario de conformidad con el Apéndice 3 de estas Reglas. Las listas de destinatarios secundarios de los comandos sobre restricciones de emergencia, así como las listas de consumidores, respecto de cuyos receptores de potencia se realiza una limitación de emergencia de la carga de consumo, son proporcionadas por las organizaciones que forman estas listas, a solicitud del sistema. operador, en un plazo no superior a 7 días a partir de la fecha de recepción de la solicitud.

16. Los principales destinatarios de los comandos de restricciones de emergencia anualmente, antes del 15 de julio, envían los requisitos para los horarios de restricciones de emergencia establecidos por el operador del sistema, así como la distribución de los volúmenes de restricciones de emergencia establecidos por el operador del sistema, establecidos por el operador del sistema. , a organizaciones de redes adyacentes, organizaciones de suministro de energía, propietarios y otros propietarios legales de plantas de energía., a los buses o conmutadores a los que están conectados los receptores de energía de los consumidores, que se incluyen en la lista de receptores secundarios de comandos sobre restricciones de emergencia.

17. Los destinatarios primarios de los comandos de limitación de emergencia de acuerdo con los requisitos para los horarios de limitación de emergencia establecidos por el operador del sistema, así como las organizaciones de la red, las organizaciones de suministro de energía, los propietarios y otros propietarios legales de centrales eléctricas, autobuses o conmutadores incluidos en la lista de receptores secundarios de los comandos de limitación de emergencia de los cuales se conectan los receptores de energía de los consumidores, de acuerdo con los requisitos establecidos por el operador del sistema para los horarios de restricciones de emergencia y la distribución de los volúmenes de restricciones de emergencia establecidos por el operador del sistema, determinados por el primario destinatarios de comandos sobre restricciones de emergencia, desarrollar cronogramas de restricción de emergencia para los receptores de energía de los consumidores conectados tecnológicamente a las instalaciones de la red eléctrica de los organismos correspondientes, teniendo en cuenta los siguientes requisitos:

a) los cronogramas de limitación de emergencia se desarrollan de acuerdo con los volúmenes de blindaje tecnológico y de emergencia especificados en los contratos para la prestación de servicios para la transmisión de energía eléctrica o contratos de suministro de energía y los requisitos para la categoría de confiabilidad del suministro de energía del correspondiente consumidores. En los casos en que los volúmenes de blindaje tecnológico y de emergencia y los requisitos para la categoría de confiabilidad estén determinados por contratos de suministro de energía, los proveedores de garantía, las organizaciones de venta de energía y suministro de energía brindan organizaciones de red, a cuyas instalaciones de la red eléctrica se encuentran tecnológicamente los receptores de energía de los respectivos consumidores. conectado, información sobre la lista de receptores de energía, sobre los volúmenes de blindaje tecnológico y de emergencia y los requisitos de categoría de confiabilidad para dichos consumidores. Los consumidores, cuyos receptores de energía están conectados tecnológicamente a las instalaciones de la red eléctrica de dos o más organizaciones de la red, informan a cada una de estas organizaciones de la red sobre sus volúmenes de blindaje tecnológico y de emergencia y los requisitos para la categoría de confiabilidad del suministro de energía;

b) Los cronogramas de limitación de emergencia se elaboran distribuyendo la carga limitada y desconectada de energía eléctrica y el consumo de energía en 10 colas iguales, incluidas en ambos tipos de cronogramas de limitación de emergencia y determinadas teniendo en cuenta el blindaje tecnológico y de emergencia, en la forma de acuerdo con Apéndice 4 de estas Reglas;

c) en los casos en que el operador del sistema en los territorios establecidos para la introducción de restricciones de emergencia haya determinado los volúmenes individuales de la introducción de restricciones de emergencia en lugares específicos de la red eléctrica, estos volúmenes se incluyen en los horarios de restricciones de emergencia;

d) al desarrollar cronogramas de limitación de emergencia, los mismos receptores de potencia, líneas eléctricas y transformadores pueden incluirse simultáneamente en los cronogramas de limitación del modo de consumo y en los cronogramas de parada temporal de consumo acordados con el operador del sistema;

e) al desarrollar cronogramas de limitación de emergencia, deben excluirse los casos de inclusión simultánea de las mismas instalaciones de la red eléctrica y receptores de energía de los consumidores para los mismos volúmenes de limitación de emergencia en los cronogramas de limitación de emergencia por dos o más receptores secundarios de comandos de limitación de emergencia.

La interacción entre organizaciones de redes adyacentes para desarrollar y aplicar programas de limitación de emergencia se lleva a cabo sobre la base de contratos (acuerdos) celebrados entre dichas organizaciones de acuerdo con las Reglas para el acceso no discriminatorio a los servicios para la transmisión de energía eléctrica y el suministro. de estos servicios, aprobado por el Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de 27 de diciembre de 2004 N 861 (Legislación recopilada de la Federación de Rusia, 2004, N 52 (Parte II), Art. 5525; 2006, N 37, Art. 3876 ; 2007, N 14, Art. 1687), o sobre la base de otros acuerdos (convenios).

En caso de que surgieran desacuerdos entre organizaciones de redes adyacentes durante el desarrollo de programas de limitación de emergencia sobre la inclusión de las mismas instalaciones de la red eléctrica y los receptores de energía de los consumidores en los programas de limitación de emergencia para los mismos volúmenes de limitación de emergencia, se toma la decisión sobre este tema. por el operador del sistema del centro de despacho, en el área de operación de la cual se encuentran estas instalaciones de la red eléctrica y los receptores de energía de los consumidores.

h) todos los consumidores están incluidos en los horarios de parada temporal de consumo, a excepción de los consumidores incluidos en la Lista de consumidores de energía eléctrica (objetos separados), la limitación del modo de consumo de energía eléctrica por debajo del nivel de blindaje de emergencia no es permitido, aprobado por el Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia del 31 de agosto de 2006 No. 530 (Legislación recopilada de la Federación de Rusia, 2006, N 37, Art. 3876; 2007, N 30, Art. 3940).

18. Al desarrollar horarios para el apagado temporal del consumo, los destinatarios principales de los comandos sobre restricciones de emergencia, así como las organizaciones de la red incluidas en la lista de destinatarios secundarios de los comandos sobre restricciones de emergencia, organizaciones de suministro de energía, propietarios y otros propietarios legales de plantas de energía. , a los buses o aparamentas a los que se conecten los receptores de potencia de los consumidores desarrollando estos horarios de acuerdo con este Reglamento deberá prever y asegurar la posibilidad técnica de desconectar inmediatamente la carga de los consumidores ingresando de forma remota los horarios de desconexión temporal de los consumos a la orden de el centro de despacho del operador del sistema.

Los programas de restricción de emergencia, incluidos los desarrollados por los destinatarios secundarios de los comandos de restricción de emergencia, son enviados por los destinatarios principales de los comandos de restricción de emergencia para su aprobación al centro de despacho del operador del sistema, que emitió requisitos para los programas de restricción de emergencia, hasta el 15 de agosto.

Los cronogramas de limitación de emergencia presentados dentro de los 10 días hábiles son revisados ​​por el centro de despacho del operador del sistema para verificar su cumplimiento. requisitos establecidos... Al acordar los horarios de limitación de emergencia, el centro de despacho del operador del sistema está obligado a excluir los casos de inclusión simultánea en los horarios de limitación de emergencia por dos o más destinatarios primarios de comandos sobre limitaciones de emergencia de las mismas instalaciones de la red eléctrica y (o) receptores de energía. de los consumidores para los mismos volúmenes de limitaciones de emergencia.

APROBADO POR

por orden del Ministerio de Hacienda

Federación Rusa

de fecha 05.10.2011 No. 124n

Sobre modificaciones a los formularios de los estados financieros

organizaciones aprobadas por orden del Ministerio de Hacienda

Con el fin de mejorar la regulación legal en el campo de contabilidad y estados financieros de organizaciones (con la excepción de instituciones de crédito, instituciones estatales (municipales)) y de conformidad con el Reglamento del Ministerio de Finanzas de la Federación de Rusia, aprobado por el Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de fecha 30 de junio de 2004 No. 329 (Legislación recopilada de la Federación de Rusia, 2004, No. 31, Art. 3258; No. 49, Art. 4908; 2005, No. 23, Artículo 2270; No. 52, Artículo 5755; 2006, No. 32, Artículo 3569; No. 47, Artículo 4900; 2007, No. 23, artículo 2801; No. 45, artículo 5491; 2008, No. 5, artículo 411; No. 46, artículo 5337; 2009, No. 3, artículo 378; No. 6, artículo 738; No. 8, Artículo 973; No. 11, Artículo 1312; No. 26, Art. 3212; No. 31, Art. 3954; 2010, No. 5, Art. 531; No. 9, Art. 967; No. 11, Art. 1224; No. 26, Art. 3350; No. 38, Art. 4844; 2011, No. 1, Art. 238; No. 3, Art. 544; No. 4, Art. 609; No. 10, Art. 1415; No. 12, Art. 1639; No. 14, Art. 1935; No. 36, Art. 5148), p r y a z v e y:

ingrese en los formularios contables de las organizaciones aprobadas por orden del Ministerio de Finanzas de la Federación de Rusia con fecha 2 de julio de 2010 No. 66n (registrado por el Ministerio de Justicia de la Federación de Rusia el 2 de agosto de 2010, número de registro 18023; Boletín de normativas organismos federales poder ejecutivo, 2010, No. 35), los siguientes cambios:

1. En el Apéndice No. 1 en forma de balance:

1) en la sección I “Activos no corrientes” la columna “Nombre del indicador 2)” después de la línea “Resultados de investigación y desarrollo” se complementará con las líneas “Activos intangibles de exploración” y “Activos tangibles de exploración”;

2) en la sección II "Activo corriente" en la columna "Nombre del indicador 2)" las palabras:

“Inversiones financieras” se sustituirá por las palabras “Inversiones financieras (excluidos los equivalentes de efectivo)”;

“Efectivo” se sustituirá por las palabras “Efectivo y equivalentes de efectivo”;

3) en la sección IV "Pasivos a largo plazo" en la columna "Nombre del indicador 2)", las palabras "Provisiones para pasivos contingentes" se sustituirán por las palabras "Pasivos estimados";

4) en la sección V "Pasivo a corto plazo" en la columna "Nombre del indicador 2)", las palabras "Provisiones para gastos futuros" se sustituirán por las palabras "Pasivo estimado";

5) En la Nota 6, las palabras "Capital autorizado" se sustituirán por las palabras "Capital autorizado (capital social, capital autorizado, aportaciones de socios)", "Acciones propias amortizadas de accionistas".

2. En el Apéndice No. 2:

1) en el apartado 1 "Movimientos de capital" del formulario del estado de cambios de capital:

en las líneas “aumento del valor nominal de las acciones” en la columna “Utilidades retenidas (pérdida descubierta)”, excluya la designación “x”;

en las líneas “aumento del valor nominal de las acciones” en la columna “Total”, incluya la designación “x”;

2) formulario de informe de tráfico Dinero establecido en nueva edición de acuerdo con el Apéndice No. 1 de esta orden;

3) en la línea "Saldo de fondos al final del año de informe" del formulario de informe sobre el uso específico de los fondos recibidos, se deben excluir los corchetes.

3. En el Apéndice No. 3, la Sección 7 "Provisiones para Pasivos Contingentes" se reformulará de acuerdo con el Apéndice No. 2 de esta Orden.

4. En el Apéndice No. 4:

1) en el apartado "Balance de situación":

la columna "Nombre de línea" después de la línea "Resultados de investigación y desarrollo" se completará con las líneas "Activos de búsqueda intangibles" y "Activos de búsqueda tangibles" y asignarles los códigos 1130 y 1140, respectivamente;

2) en la sección "Balance" en la columna "Nombre de la línea":

el nombre de la línea "Inversiones financieras" del código 1240 se indicará en próxima edición: "Inversiones financieras (excluidos los equivalentes de efectivo)";

el nombre de la línea “Efectivo” bajo el código 1250 se indicará de la siguiente manera: “Efectivo y equivalentes de efectivo”;

el nombre de la línea "Capital autorizado (capital social, capital autorizado, aportaciones de socios)" del código 1310 se indicará de la siguiente manera: "Capital autorizado (capital social, capital autorizado, aportaciones de socios) 1)";

el nombre de la línea “Acciones propias recompradas a los accionistas” en el código 1320 se indicará de la siguiente manera: “Acciones propias recompradas a los accionistas 2)”;

el nombre de la línea “Capital adicional (sin revalorización)” bajo el código 1350 se indicará de la siguiente manera: “Capital adicional (sin revalorización) 3)”;

el nombre de la línea "Capital de reserva" bajo el código 1360 se indicará como sigue: "Capital de reserva 4)";

el nombre de la línea "Ganancias retenidas (pérdida descubierta)" bajo el código 1370 se indicará de la siguiente manera: "Ganancias retenidas (pérdida descubierta) 5)";

el nombre de la línea “Provisiones para pasivos contingentes” bajo el código 1430 se modificará como sigue: “Pasivos estimados”;

el nombre de la línea “Provisiones para gastos futuros” bajo el código 1540 se indicará de la siguiente manera: “Pasivos estimados”;

3) la sección “Estado de Flujos de Efectivo” se incluirá en una nueva edición de acuerdo con el Apéndice No. 3 de esta Orden;

4) en el apartado "Explicaciones del balance y cuenta de resultados" en la columna "Nombre de la línea":

el nombre de la línea “Provisiones para pasivos contingentes - total” bajo el código 5700 se modificará de la siguiente manera: “Provisiones para pasivos contingentes - total”;

el nombre de la línea “incluyendo (nombre de la reserva)” según los códigos 5701, 5702, 570 ... se indicará de la siguiente manera: “incluyendo (tipo de pasivo estimado)”;

5) agregue notas del siguiente contenido:

"Notas:

1. Organización sin ánimo de lucro en lugar de la línea "Capital autorizado (capital social, capital autorizado, aportes de compañeros)" bajo el código 1310 se incluye la línea "Fondo de inversión".

2. Una organización sin fines de lucro, en lugar de la línea "Acciones propias recompradas a accionistas" con el código 1320, incluye la línea "Capital patrimonial".

3. La organización sin fines de lucro, en lugar de la línea "Capital adicional (sin revalorización)" del código 1350, incluye la línea "Fondos para fines especiales".

4. Una organización sin fines de lucro, en lugar de la línea "Capital de reserva" del código 1360, incluye la línea "Fondo de bienes muebles inmuebles y especialmente valiosos".

5. Una organización sin fines de lucro, en lugar de la línea "Ganancias retenidas (pérdida descubierta)" bajo el código 1370, incluye la línea "Reserva y otros fondos fiduciarios".

5. Establecer que esta orden entra en vigencia a partir de los estados financieros anuales de 2011, con excepción del inciso 1 del párrafo 1 y el inciso 1 del párrafo 4 de esta orden.

El subpárrafo 1 del párrafo 1 y el subpárrafo 1 del párrafo 4 de esta orden entrarán en vigor a partir de los estados financieros de 2012.

Y sobre. Ministro A.G. Siluanov


Apéndice n. ° 1 del pedido

Ministerio de Finanzas

Federación Rusa

de fecha 05.10.2011 No. 124n

Estado de flujo de caja

Formulario según OKUD

Fecha (día, mes, año)

Organización

Número de identificación del contribuyente TIN

Actividad económica

Forma organizativa y legal / forma de propiedad

según OKOPF / OKFS

Unidad de medida: mil rublos / mln. frotar. (tacha innecesario) de OKEI

















Nombre del indicador

Flujos de efectivo de
operaciones actuales

Ingresos - total

incluso:

de la venta de productos, bienes, obras y servicios

pagos de arrendamiento, regalías, regalías,

comisiones y otros pagos similares

de la reventa de inversiones financieras

otro suministro

Pagos - total

incluso:

a proveedores (contratistas) de materias primas, materiales, trabajo, servicios

en relación con la remuneración de los empleados

intereses sobre obligaciones de deuda

Impuesto sobre Sociedades

otros pagos


Formulario 0710004 p. 2

Nombre del indicador

Flujos de efectivo de
operaciones de inversión

Ingresos - total

incluso:

de la venta de activos no corrientes (distintos de los financieros

archivos adjuntos)

de la venta de acciones de otras organizaciones (intereses de participación)

de la devolución de préstamos otorgados, de la venta

títulos de deuda (derechos a reclamar fondos a

otros)

dividendos, intereses sobre inversiones financieras de deuda y

ingresos similares de participación accionaria en otros

organizaciones

otro suministro

Pagos - total

incluso:

en relación con la adquisición, creación, modernización,

reconstrucción y preparación para el uso de no circulantes

en relación con la adquisición de acciones de otras organizaciones (acciones

en relación con la adquisición de valores representativos de deuda (derechos

reclamaciones de fondos a otras personas), provisión

préstamos a otros

intereses sobre obligaciones de deuda incluidas en

otros pagos

Flujos de efectivo de
Transacciones financieras

Ingresos - total

incluso:

obtención de préstamos y empréstitos

contribuciones monetarias de los propietarios (participantes)

de la emisión de acciones, un aumento de las participaciones

de la emisión de bonos, letras y otros

títulos de deuda, etc.

otro suministro









Formulario 0710004 p. 3

Nombre del indicador

Pagos - total

incluso:

propietarios (participantes) en relación con el reembolso de sus acciones

Participantes

para pagar dividendos y otros pagos de distribución

ganancias a favor de los propietarios (participantes)

en relación con la redención (redención) de pagarés y otras deudas

otros pagos

La magnitud del impacto de los cambios en el tipo de cambio de la moneda extranjera en relación con el rublo

Notas (editar)

1. Se indica el período del informe.

2. Se indica el período del año anterior, similar al período del informe.


Apéndice No. 2 de la orden del Ministerio de Finanzas de la Federación de Rusia

de fecha 05.10.2011 No. 124n

7. Pasivo estimado

Nombre del indicador

Saldo a principios de año

Reconocido

Redimido

Cargado como exceso

Saldo al final del período

Pasivos estimados- total

incluso:

(

(tipo de pasivo estimado)


Apéndice No. 3 del pedido

Ministerio de Finanzas

Federación Rusa

de fecha 05.10.2011 No. 124

INFORME DE FLUJO DE EFECTIVO

Ingresos - total

De la venta de productos, bienes, obras y servicios

Pagos de arrendamiento, regalías, regalías, comisiones y otros pagos similares

De la reventa de inversiones financieras

Otro suministro

Pagos - total

Proveedores (contratistas) de materias primas, materiales, trabajo, servicios

En relación con la remuneración de los empleados

Intereses sobre obligaciones de deuda

Impuesto sobre Sociedades

Otros pagos

Saldo de los flujos de efectivo de las operaciones corrientes

Ingresos - total

De la venta de activos no corrientes (excepto inversiones financieras)

De la venta de acciones de otras organizaciones (participaciones)

Desde la devolución de préstamos otorgados, desde la venta de títulos de deuda (derechos a reclamar fondos a otras personas)

Dividendos, intereses sobre inversiones financieras de deuda y

Ingresos similares de participación accionaria en otras organizaciones

Otro suministro

Pagos - total

En relación con la adquisición, creación, modernización, reconstrucción y preparación para el uso de activos no corrientes

En relación con la adquisición de acciones de otras organizaciones (intereses de participación)

En relación con la adquisición de valores representativos de deuda (derechos

reclamaciones de fondos a otras personas), concesión de préstamos a otras personas

Intereses sobre obligaciones de deuda incluidas en

valor del activo de inversión

Otros pagos

Saldo de los flujos de efectivo de las operaciones de inversión

Ingresos - total

Obtención de préstamos y préstamos

Contribuciones en efectivo de los propietarios (participantes)

A partir de la emisión de acciones, un aumento de las participaciones

Desde la emisión de bonos, letras y otros títulos de deuda, etc.

Otro suministro

Pagos - total

Propietarios (participantes) en relación con el reembolso de acciones de ellos

(intereses participativos) de la organización o su retirada de

Participantes

Para el pago de dividendos y otros pagos para la distribución de utilidades a favor de los propietarios (partícipes)

En relación con la redención (redención) de pagarés y otras deudas

valores, reembolso de préstamos y empréstitos

Otros pagos

Saldo de flujos de efectivo de transacciones financieras

Saldo de los flujos de efectivo para el período sobre el que se informa

Saldo de efectivo y equivalentes de efectivo al comienzo del período sobre el que se informa

Saldo de efectivo y equivalentes de efectivo al final del período sobre el que se informa

Sobre la aprobación de las Reglas para el desarrollo y aplicación de horarios para la limitación de emergencia del modo de consumo de energía eléctrica y el uso de la automatización de emergencia.

De conformidad con la cláusula 4 del Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de 31 de agosto de 2006 N 530 "Sobre la aprobación de las reglas para el funcionamiento de los mercados minoristas de electricidad en el período de transición de la reforma de la industria eléctrica" ​​(Legislación recopilada de la Federación de Rusia Federación, 2006, N 37, Art. 3876; 2007, N 30, Art. 3940) Ordeno:

Aprobar los desarrollos adjuntos y aplicación de horarios de limitación de emergencia del modo de consumo de energía eléctrica y el uso de equipos de control de emergencia.

Me reservo el control sobre la ejecución de esta orden.

Ministro interino A.V. Dementyev

Registro N 11454

normas desarrollo y aplicación de horarios de limitación de emergencia del modo de consumo de energía eléctrica y el uso de automatización de control de emergencia

I. Disposiciones generales

1. Las reglas para el desarrollo y aplicación de cronogramas para la limitación de emergencia del modo de consumo de energía eléctrica y el uso de equipos de control de emergencia (en adelante, estas Reglas) determinan el procedimiento de interacción entre los sujetos de la industria de energía eléctrica y los consumidores de energía eléctrica (energía) (en adelante, consumidores) en el desarrollo y aplicación de horarios para la limitación de emergencia del modo de consumo con el fin de garantizar el funcionamiento confiable del Sistema Unificado de Energía de Rusia, el procedimiento para usar la automatización de control de emergencia, como así como el procedimiento para determinar el tamaño de la armadura tecnológica y de emergencia.

2. La limitación total y (o) parcial del modo de consumo de energía eléctrica (potencia) (en adelante, limitaciones de emergencia) se realiza de acuerdo con los cronogramas de limitación de emergencia, así como mediante la acción de emergencia y automatización del régimen. equipo.

3. Los gráficos de limitación de emergencia del modo de consumo de energía eléctrica (potencia) (en adelante, los gráficos de limitación de emergencia) incluyen 2 tipos de gráficos:

horarios de limitación de consumo, de acuerdo con los cuales se notifica a los consumidores con anticipación de la necesidad de limitar el consumo de energía eléctrica (potencia) y llevar a cabo de forma independiente medidas técnicas (tecnológicas) para reducir el consumo en los volúmenes y períodos del día especificados en la notificación . La implementación de dichos horarios se puede llevar a cabo sin desconectar los receptores de energía y (o) las líneas de energía;

horarios de parada temporal del consumo, según los cuales, sin notificación previa a los consumidores, la organización de la red al mando (orden) del operador del sistema (sujeto de control de despacho operativo en un sistema de energía eléctrica territorial tecnológicamente aislado) (en adelante, el operador del sistema) o de forma independiente por la organización de la red en la forma prescrita por estos Por las reglas, se realizan cortes de líneas eléctricas y transformadores. En este caso, también puede prever el cierre de las instalaciones eléctricas por orden (orden) del operador del sistema directamente por parte del personal de los consumidores.

4. Con el fin de organizar la interacción de las entidades de la industria eléctrica y los consumidores en el desarrollo y aplicación de los cronogramas de limitación de emergencia, así como para asegurar la efectividad de la introducción de los cronogramas de limitación de emergencia, las entidades de energía eléctrica en la forma prescrita por este Reglamento. mantener listas de organizaciones que llevan a cabo acciones reales para introducir restricciones de emergencia, así como listas de consumidores, en relación a los dispositivos receptores de energía de los cuales se realiza una limitación de emergencia de la carga de consumo.

Las acciones reales para introducir restricciones de emergencia son llevadas a cabo por organizaciones de red, organizaciones de venta de energía, proveedores de garantía, organizaciones de suministro de energía, así como propietarios y otros propietarios legales de plantas de energía, a los autobuses o conmutadores a los que se conectan los receptores de energía de los consumidores. .

5. Las listas de consumidores, en relación con los dispositivos receptores de energía de los cuales se realiza la limitación de emergencia de la carga de consumo, son mantenidas por los sujetos de la industria de energía eléctrica en el siguiente orden:

a) las organizaciones de la red anualmente, antes del 1 de agosto, forman listas de consumidores que han celebrado contratos para la prestación de servicios para la transmisión de energía eléctrica con estas organizaciones de la red, cuya limitación de emergencia de la carga de consumo es realizada por el indicado organizaciones de la red de acuerdo con los horarios de limitación de emergencia;

b) otras organizaciones que poseen instalaciones de la red eléctrica, organizaciones de venta de energía, organizaciones de suministro de energía, proveedores que garantizan, propietarios y otros propietarios legales de plantas de energía, a los buses o conmutadores a los que se conectan los receptores de energía de los consumidores, anualmente dentro de un período de hasta 1 En agosto se conforman listas de consumidores que han celebrado contratos de suministro de energía (compraventa (suministro) de energía eléctrica) o contratos de prestación de servicios para la transmisión de energía eléctrica con los organismos indicados, la limitación de emergencia del carga de consumo que es realizada por los organismos indicados de acuerdo con los horarios de limitación de emergencia.

Las listas de consumidores, en relación con los dispositivos receptores de energía de los cuales se lleva a cabo la limitación de emergencia de la carga de consumo, se mantienen en el formulario de acuerdo con estas Reglas.

II. El procedimiento para la elaboración de horarios de limitación de emergencia del modo de consumo de energía eléctrica.

6. Los programas de limitación de emergencia se desarrollan anualmente para el período comprendido entre el 1 de octubre del año en curso y el 30 de septiembre del año siguiente.

7. Los programas de limitación de emergencia se desarrollan en base a los requisitos establecidos por el operador del sistema.

8. El operador del sistema establece anualmente requisitos para los programas de limitación de emergencia que son obligatorios para las organizaciones de la red que poseen o poseen legalmente instalaciones de la red eléctrica, que se incluyen en la lista de objetos despachados y que realizan acciones reales para introducir limitaciones de emergencia por comando ( orden) operador del sistema (en adelante, los principales destinatarios de los comandos sobre restricciones de emergencia), y hasta el 1 de julio los envía a estas organizaciones.

El operador del sistema forma anualmente la lista de destinatarios principales de los comandos de restricciones de emergencia antes del 1 de junio en el formulario de acuerdo con estas Reglas.

9. Los requisitos del operador del sistema para los programas de limitación de emergencia incluyen los volúmenes de las limitaciones de emergencia, el tiempo mínimo requerido para la introducción de las limitaciones de emergencia y los territorios para la introducción de las limitaciones de emergencia.

Estos requisitos los determina el centro de despacho del operador del sistema sobre la base de una evaluación de los cálculos de posibles perturbaciones de emergencia en el régimen de energía eléctrica y el análisis de la amenaza de una escasez de energía eléctrica y potencia y una escasez de capacidad en las secciones controladas. y en tramos individuales de la red eléctrica en el área de operación del centro de despacho correspondiente.

10. El operador del sistema puede prever una limitación de emergencia en total para todos los consumidores conectados a las redes de todas las organizaciones que operan en el territorio de la entidad constitutiva correspondiente de la Federación de Rusia:

de acuerdo con los horarios para limitar el modo de consumo, por un valor total de no más del 25 por ciento del consumo diario planificado de energía eléctrica y no más del 20 por ciento de la capacidad planificada consumida durante las horas pico de carga;

de acuerdo con los horarios de apagado temporal del consumo, por un valor total de no más del 20 por ciento de la energía planificada consumida durante las horas pico de carga.

En los sistemas de energía eléctrica territoriales tecnológicamente aislados, el valor de la limitación de emergencia puede aumentarse mediante la decisión de los sujetos relevantes del control de despacho operativo, acordada con la autoridad ejecutiva de la entidad constituyente correspondiente de la Federación de Rusia.

11. El operador del sistema, en los requisitos para los horarios de limitación de emergencia, establece en los territorios por él determinados la distribución de los volúmenes de introducción de limitaciones de emergencia entre las organizaciones incluidas en los receptores primarios de los comandos de limitación de emergencia. Los requisitos para los programas de limitación de emergencia también pueden contener volúmenes individuales de entrada de limitación de emergencia en puntos específicos de la red eléctrica.

12. Los requisitos para los volúmenes de entrada de los límites de emergencia son establecidos por el operador del sistema por separado para los horarios de limitación del modo de consumo y para los horarios de parada temporal de consumo.

13. Los requisitos para los horarios de restricciones de emergencia son enviados por el centro de despacho del operador del sistema a las organizaciones incluidas en la lista de destinatarios primarios de los comandos de restricciones de emergencia y que operan en el área operativa del centro de despacho correspondiente.

14. Los destinatarios primarios de los comandos de restricciones de emergencia distribuyen los volúmenes de entrada de restricciones de emergencia, establecidos por el operador del sistema, entre los consumidores, incluidos en las listas de consumidores, respecto de cuyos dispositivos de recepción de energía se lleva a cabo una restricción de emergencia de la carga de consumo, y llevar a cabo acciones reales para introducir restricciones de emergencia mediante la especificación de los datos de los destinatarios principales de los comandos sobre restricciones de emergencia por parte de organizaciones de redes adyacentes (con la excepción de las organizaciones de redes adyacentes incluidas en la lista de destinatarios principales de comandos sobre restricciones de emergencia), ventas de energía organizaciones, proveedores de garantía, organizaciones de suministro de energía que han celebrado contratos con ellos para la prestación de servicios para la transmisión de energía eléctrica, propietarios y otros propietarios legales de estaciones eléctricas, tecnológicamente conectados a las instalaciones de la red eléctrica de las organizaciones de red correspondientes - el principal los destinatarios de los comandos de emergencia son limitados iyah, a los buses o conmutadores a los que están conectados los receptores de energía de los consumidores (en lo sucesivo, receptores secundarios de comandos sobre restricciones de emergencia).

La distribución de los volúmenes de entrada de restricciones de emergencia, establecidos por el operador del sistema, se realiza en proporción a la carga de consumo eléctrico de los consumidores que han celebrado contratos de prestación de servicios para la transmisión de energía eléctrica o contratos de suministro de energía con el destinatarios primarios y secundarios correspondientes de los comandos para las restricciones de emergencia. En este caso, la carga de consumo se determina teniendo en cuenta los indicadores de las medidas de control de la energía eléctrica (potencia) y los volúmenes establecidos de blindaje tecnológico y de emergencia, así como los requisitos para la categoría de confiabilidad del suministro de energía.

15. Las organizaciones de la red forman anualmente, antes del 1 de junio, listas de destinatarios secundarios de los comandos sobre restricciones de emergencia en el formulario de conformidad con estas Reglas. Las listas de destinatarios secundarios de los comandos sobre restricciones de emergencia, así como las listas de consumidores, respecto de cuyos receptores de potencia se realiza una limitación de emergencia de la carga de consumo, son proporcionadas por las organizaciones que forman estas listas, a solicitud del sistema. operador, en un plazo no superior a 7 días a partir de la fecha de recepción de la solicitud.

16. Los principales destinatarios de los comandos de restricciones de emergencia anualmente, antes del 15 de julio, envían los requisitos para los horarios de restricciones de emergencia establecidos por el operador del sistema, así como la distribución de los volúmenes de restricciones de emergencia establecidos por el operador del sistema, establecidos por el operador del sistema. , a organizaciones de redes adyacentes, organizaciones de suministro de energía, propietarios y otros propietarios legales de plantas de energía., a los buses o conmutadores a los que están conectados los receptores de energía de los consumidores, que se incluyen en la lista de receptores secundarios de comandos sobre restricciones de emergencia.

17. Los destinatarios primarios de los comandos de limitación de emergencia de acuerdo con los requisitos para los horarios de limitación de emergencia establecidos por el operador del sistema, así como las organizaciones de la red, las organizaciones de suministro de energía, los propietarios y otros propietarios legales de centrales eléctricas, autobuses o conmutadores incluidos en la lista de receptores secundarios de los comandos de limitación de emergencia de los cuales se conectan los receptores de energía de los consumidores, de acuerdo con los requisitos establecidos por el operador del sistema para los horarios de restricciones de emergencia y la distribución de los volúmenes de restricciones de emergencia establecidos por el operador del sistema, determinados por el primario destinatarios de comandos sobre restricciones de emergencia, desarrollar cronogramas de restricción de emergencia para los receptores de energía de los consumidores conectados tecnológicamente a las instalaciones de la red eléctrica de los organismos correspondientes, teniendo en cuenta los siguientes requisitos:

a) los cronogramas de limitación de emergencia se desarrollan de acuerdo con los volúmenes de blindaje tecnológico y de emergencia especificados en los contratos para la prestación de servicios para la transmisión de energía eléctrica o contratos de suministro de energía y los requisitos para la categoría de confiabilidad del suministro de energía del correspondiente consumidores. En los casos en que los volúmenes de blindaje tecnológico y de emergencia y los requisitos para la categoría de confiabilidad estén determinados por contratos de suministro de energía, los proveedores de garantía, las organizaciones de venta de energía y suministro de energía brindan organizaciones de red, a cuyas instalaciones de la red eléctrica se encuentran tecnológicamente los receptores de energía de los respectivos consumidores. conectado, información sobre la lista de receptores de energía, sobre los volúmenes de blindaje tecnológico y de emergencia y los requisitos de categoría de confiabilidad para dichos consumidores. Los consumidores, cuyos receptores de energía están conectados tecnológicamente a las instalaciones de la red eléctrica de dos o más organizaciones de la red, informan a cada una de estas organizaciones de la red sobre sus volúmenes de blindaje tecnológico y de emergencia y los requisitos para la categoría de confiabilidad del suministro de energía;

b) Los cronogramas de limitación de emergencia se elaboran distribuyendo la carga limitada y desconectada de energía eléctrica y el consumo de energía en 10 colas iguales, incluidas en ambos tipos de cronogramas de limitación de emergencia y determinadas teniendo en cuenta el blindaje tecnológico y de emergencia, en la forma que corresponda. con estas Reglas;

c) en los casos en que el operador del sistema en los territorios establecidos para la introducción de restricciones de emergencia haya determinado los volúmenes individuales de la introducción de restricciones de emergencia en lugares específicos de la red eléctrica, estos volúmenes se incluyen en los horarios de restricciones de emergencia;

d) al desarrollar cronogramas de limitación de emergencia, los mismos receptores de potencia, líneas eléctricas y transformadores pueden incluirse simultáneamente en los cronogramas de limitación del modo de consumo y en los cronogramas de parada temporal de consumo acordados con el operador del sistema;

e) al desarrollar cronogramas de limitación de emergencia, deben excluirse los casos de inclusión simultánea de las mismas instalaciones de la red eléctrica y receptores de energía de los consumidores para los mismos volúmenes de limitación de emergencia en los cronogramas de limitación de emergencia por dos o más receptores secundarios de comandos de limitación de emergencia.

La interacción entre organizaciones de redes adyacentes para desarrollar y aplicar programas de limitación de emergencia se lleva a cabo sobre la base de contratos (acuerdos) celebrados entre dichas organizaciones de acuerdo con las Reglas para el acceso no discriminatorio a los servicios para la transmisión de energía eléctrica y el suministro. de estos servicios, aprobado por el decreto del Gobierno de la Federación de Rusia del 27 de diciembre de 2004 N 861 (Legislación recopilada de la Federación de Rusia, 2004, N 52, parte 2, Art. 5525; 2006, N 37, Art. 3876; 2007, N 14, Art. 1687) o sobre la base de otros contratos (acuerdos).

En el caso de que, al desarrollar programas de limitación de emergencia, surgieran desacuerdos entre organizaciones de redes adyacentes sobre el tema de incluir las mismas instalaciones de la red eléctrica y los receptores de energía de los consumidores para los mismos volúmenes de limitación de emergencia en los programas de limitación de emergencia, la decisión sobre este tema es realizado por el centro de despacho del operador del sistema, en el área de operación de la cual se encuentran estas instalaciones de la red eléctrica y los receptores de energía de los consumidores.

En los casos en que las organizaciones de la red adyacente no hayan llegado a un acuerdo sobre la inclusión en los programas de limitación de emergencia de las mismas instalaciones de la red eléctrica y los receptores de energía de los consumidores para los mismos volúmenes de limitación de emergencia, y estas instalaciones de la red eléctrica y los receptores de energía se encuentran en la zona operativa. zona de dos y más centros de expedición, la decisión la toma el centro de expedición superior;

f) se desarrollan cronogramas de limitación de emergencia con la participación de consumidores, organizaciones de venta de energía y proveedores garantes;

g) los programas para limitar el régimen de consumo incluyen consumidores de todas las categorías de confiabilidad del suministro de energía;

h) todos los consumidores están incluidos en los horarios de parada temporal de consumo, a excepción de los consumidores incluidos en la Lista de consumidores de energía eléctrica (objetos separados), la limitación del modo de consumo de energía eléctrica por debajo del nivel de blindaje de emergencia no es permitido, aprobado por el Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia del 31 de agosto de 2006 No. 530 (Legislación recopilada de la Federación de Rusia, 2006, N 37, Art. 3876; 2007, N 30, Art. 3940).

18. Al desarrollar horarios para el apagado temporal del consumo, los destinatarios principales de los comandos sobre restricciones de emergencia, así como las organizaciones de la red incluidas en la lista de destinatarios secundarios de los comandos sobre restricciones de emergencia, organizaciones de suministro de energía, propietarios y otros propietarios legales de plantas de energía. , a los buses o aparamentas a los que se conecten los receptores de potencia de los consumidores desarrollando estos horarios de acuerdo con este Reglamento deberá prever y asegurar la posibilidad técnica de desconectar inmediatamente la carga de los consumidores ingresando de forma remota los horarios de desconexión temporal de los consumos a la orden de el centro de despacho del operador del sistema.

19. Organizaciones de red, organizaciones de suministro de energía, propietarios y otros propietarios legales de plantas de energía, a los buses o conmutadores de los que están conectados los receptores de energía de los consumidores, incluidos en la lista de destinatarios secundarios de los comandos de limitación de emergencia anualmente, antes del 10 de agosto, envíe los programas de limitación de emergencia desarrollados por ellos para los comandos de los destinatarios principales sobre las restricciones de emergencia.

Los programas de restricción de emergencia, incluidos los desarrollados por los destinatarios secundarios de los comandos de restricción de emergencia, son enviados por los destinatarios principales de los comandos de restricción de emergencia para su aprobación al centro de despacho del operador del sistema, que emitió requisitos para los programas de restricción de emergencia, hasta el 15 de agosto.

Los cronogramas de limitación de emergencia presentados son revisados ​​por el centro de despacho del operador del sistema para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos dentro de los 10 días hábiles. Al acordar los horarios de limitación de emergencia, el centro de despacho del operador del sistema está obligado a excluir los casos de inclusión simultánea en los horarios de limitación de emergencia por dos o más destinatarios primarios de comandos sobre limitaciones de emergencia de las mismas instalaciones de la red eléctrica y (o) receptores de energía. de los consumidores para los mismos volúmenes de limitaciones de emergencia.

Si los horarios de limitación de emergencia no cumplen con los requisitos establecidos por el operador del sistema, el operador del sistema devuelve los gráficos a la organización de la red para alinearlos con los requisitos especificados.

Los programas de restricción de emergencia acordados por el operador del sistema son aprobados por las organizaciones incluidas en la lista de destinatarios primarios de los comandos de restricciones de emergencia y son enviados por ellos a las organizaciones incluidas en la lista de destinatarios secundarios de los comandos de restricciones de emergencia.

20. Tras el acuerdo con el operador del sistema y la aprobación, las organizaciones incluidas en la lista de destinatarios primarios de los comandos de limitación de emergencia proporcionan a las autoridades ejecutivas autorizadas de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia programas de limitación de emergencia.

En el caso de que se realicen cambios en los cronogramas de limitación de emergencia a sugerencia de las autoridades ejecutivas de las entidades constituyentes de la Federación de Rusia, estos cronogramas son reenviados por organizaciones incluidas en la lista de destinatarios primarios de los comandos de limitación de emergencia para su aprobación por el operador del sistema.

21. Acordado y aprobado en orden establecido Los cronogramas de limitación de emergencia se envían a los correspondientes centros de despacho del operador del sistema, garantizando a los proveedores, las organizaciones de venta de energía y suministro de energía, así como a los propietarios y otros propietarios legales de las centrales eléctricas, a los buses o aparamentas de los cuales se encuentran los receptores de energía de los consumidores. conectado, para llevar estos horarios a los consumidores.

22. Las organizaciones pertinentes deben notificar a los consumidores que llevan a cabo las acciones reales para introducir restricciones de emergencia en los programas de restricciones de emergencia aprobados en el pedido. estipulado por el acuerdo la prestación de servicios para la transmisión de energía eléctrica o un contrato de suministro de energía a más tardar 10 días antes del inicio del siguiente período de vigencia.

23. En ausencia de cronogramas de limitación de emergencia aprobados, la organización de la red, a la orden (orden) del operador del sistema, introduce una limitación de emergencia del modo de consumo mediante la desconexión de las líneas eléctricas y los transformadores que abastecen a los consumidores de los centros de suministro en los volúmenes determinados. por el operador del sistema, de acuerdo con los requisitos del párrafo 185 de las Reglas de Operación de los mercados minoristas de electricidad durante el período transitorio de reforma de la industria de energía eléctrica, aprobado por el Gobierno de la Federación de Rusia con fecha 31 de agosto de 2006 N 530 (Legislación recopilada de la Federación de Rusia, 2006, N 37, Art. 3876; 2007, N 30, Art. 3940) (en adelante - Reglas para el funcionamiento de los mercados minoristas).

24. En ausencia de cronogramas de limitación de emergencia aprobados dentro del marco de tiempo establecido por estas Reglas, el operador del sistema notificará a las autoridades ejecutivas autorizadas de las entidades constituyentes de la Federación de Rusia para ayudar a las organizaciones de la red en su desarrollo y aprobación, así como fiscalía, cuerpos territoriales entes territoriales y de supervisión energética estatal para defensa Civil y emergencias tomar medidas para prevenir la ocurrencia y desarrollo de emergencias, fortalecer el control para garantizar la seguridad pública, preparar a la población para la acción en posibles situaciones de emergencia, asegurar la coordinación de acciones de las autoridades ejecutivas de las entidades constituyentes de la Federación de Rusia, las entidades de energía eléctrica y consumidores si es necesario introducir restricciones de emergencia en ausencia de programas de limitación de emergencia aprobados.

III. El procedimiento para aplicar los horarios de limitación de emergencia del modo de consumo de energía eléctrica.

25. Las bases para la aplicación de horarios de limitación de emergencia son la ocurrencia o amenaza de ocurrencia de modos de energía eléctrica de emergencia, debido a:

la aparición en el sistema de energía o sus partes individuales de una escasez de energía eléctrica y potencia, lo que lleva a una disminución en la frecuencia corriente eléctrica por debajo de 49,8 Hz o caída de voltaje por debajo de los niveles mínimos aceptables;

producción insuficiente de energía eléctrica y potencia en ciertas partes del sistema de energía, lo que da lugar a una sobrecarga de emergencia de las líneas eléctricas, transformadores u otros equipos eléctricos, o crea una amenaza de tal sobrecarga;

daños a los equipos eléctricos, incluso como resultado de desastres naturales, así como la necesidad de apagar los equipos eléctricos para eliminar la amenaza a la vida y la salud humanas;

daños a los sistemas de control tecnológico, comunicaciones tecnológicas y sistemas de control de emergencia;

otras circunstancias que conducen al surgimiento o amenaza de surgimiento de modos de energía eléctrica de emergencia.

26. Si existen motivos para la aplicación de los horarios de limitación de emergencia especificados en este Reglamento, y siempre que sea imposible prevenir las circunstancias que son la base para la aplicación de los horarios de limitación de emergencia, utilizando reservas de energía tecnológica o cambiando el régimen de consumo. de consumidores con carga controlada, se introducen limitaciones de emergencia, incluso sin acuerdo con el consumidor, si se requieren medidas urgentes.

Los consumidores de energía eléctrica, si existen motivos para la aplicación de los horarios de limitación de emergencia especificados en estas Reglas, pueden ser limitados (inhabilitados) por la organización de la red a la orden (orden) del operador del sistema en el suministro de energía eléctrica al valor de blindaje de emergencia.

27. El operador del sistema pone en vigor los programas de limitación de emergencia mediante la emisión de comandos (órdenes).

Los centros de despacho del operador del sistema transmiten los comandos (órdenes) para ingresar horarios de limitación de emergencia a las organizaciones incluidas en la lista de destinatarios primarios de los comandos de limitación de emergencia, así como en los casos estipulados por acuerdos con estas organizaciones, a los propietarios u otros propietarios legales de plantas de energía, a neumáticos o conmutadores a los que se conectan los receptores de energía de los consumidores, o consumidores, si hay canales de comunicación de envío directo con dichos consumidores.

Se realiza una entrada en el registro operativo sobre la emisión de un comando (orden) para ingresar horarios de limitación de emergencia, indicando el motivo (motivo) para ingresar los horarios de limitación de emergencia, volúmenes de limitaciones de emergencia, el territorio para introducir limitaciones de emergencia, inicio y finalización tiempos de limitación (para horarios de limitación de consumo), apellido de la persona que tomó la decisión de introducir restricciones de emergencia, nombre de la persona que transfirió el mando (orden) y nombre de la persona que recibió el mando (orden).

28. Las organizaciones incluidas en la lista de destinatarios primarios de los comandos de limitación de emergencia, al recibir un comando (orden) para ingresar horarios de limitación de emergencia del operador del sistema, distribuyen los volúmenes especificados de limitaciones entre las organizaciones incluidas en la lista de destinatarios secundarios de emergencia. Los comandos de limitación y los consumidores los incluyeron en la lista de consumidores, respecto de cuyos dispositivos receptores de energía se realiza una limitación de emergencia de la carga de consumo.

Las organizaciones incluidas en la lista de destinatarios secundarios de los comandos de restricción de emergencia distribuyen los volúmenes especificados de restricciones entre las organizaciones de venta de energía correspondientes, las organizaciones de suministro de energía, los proveedores de garantía y los consumidores incluidos en la lista de consumidores, respecto de cuyos receptores de energía una limitación de emergencia de se realiza la carga de consumo.

29. Los consumidores brindan a las organizaciones que llevan a cabo acciones reales para introducir restricciones de emergencia la oportunidad de realizar las medidas técnicas necesarias en relación con los dispositivos receptores de energía conectados tecnológicamente a sus redes eléctricas, asegurando la introducción de restricciones de emergencia, o realizar estas medidas de manera independiente de acuerdo con con requerimientos técnicos organización de la red.

En el caso de la conexión tecnológica del dispositivo de recepción de energía del consumidor a los buses o conmutadores de una central eléctrica oa las instalaciones de la red eléctrica de otro consumidor, el propietario u otro propietario legal de dicha central eléctrica o dicho consumidor proporciona organizaciones que son llevar a cabo acciones reales para introducir restricciones de emergencia la oportunidad de realizar las medidas técnicas necesarias en relación con los dispositivos receptores de energía conectados tecnológicamente a sus instalaciones, asegurando la introducción de una limitación de emergencia, o realizar de forma independiente las medidas indicadas de acuerdo con los requisitos del sistema operador.

30. Los horarios de limitación del régimen de consumo se introducen a partir de las 00:00 horas del día siguiente con la notificación al consumidor sobre esto a más tardar a las 14:00 horas del día actual (hora local). El operador del sistema, simultáneamente con los consumidores, notifica a las organizaciones incluidas en la lista de destinatarios principales de los comandos sobre las restricciones de emergencia sobre la introducción de horarios para limitar el modo de consumo.

Las organizaciones incluidas en la lista de destinatarios primarios de comandos sobre restricciones de emergencia notifican a las organizaciones incluidas en la lista de destinatarios secundarios de comandos sobre restricciones de emergencia, que, a su vez, notifican a sus consumidores, así como a los consumidores con los que han celebrado contratos para la provisión de servicios para la transmisión de energía eléctrica, en la introducción de horarios para limitar el modo de consumo mediante un mensaje telefónico u otro mensaje dirigido al jefe de la organización, indicando el motivo y la magnitud de la introducción de restricciones de emergencia, el inicio y hora de finalización de la restricción.

Los mensajes sobre la introducción de horarios para limitar el régimen de consumo se pueden transmitir adicionalmente a través de la red de transmisión de radio y televisión.

31. Se introducen horarios de parada temporal de consumo si es imposible ingresar horarios para limitar el modo de consumo dentro del tiempo necesario para prevenir o prevenir modos de energía eléctrica de emergencia, si los consumidores no cumplen con los comandos (órdenes) del operador del sistema. para ingresar los cronogramas de limitación de la modalidad de consumo, así como si persisten las razones., que sirvió de base para la introducción de cronogramas de limitación del régimen de consumo, luego de su implantación.

Con el fin de aumentar la eficiencia de ingresar horarios para el apagado temporal del consumo y asegurar la ejecución inmediata de los comandos del operador del sistema para ingresar estos horarios, las organizaciones de red deben proporcionar la capacidad técnica para ingresar horarios para el apagado temporal del consumo, incluida la entrada remota de horarios. para parada temporal de consumo. En ausencia de tal oportunidad, las organizaciones de la red desarrollan y acuerdan con el operador del sistema una lista de medidas que proporcionan entrada remota de horarios para el apagado temporal del consumo.

32. Las acciones de parada temporal de consumo en la forma y términos estipulados en los horarios de parada temporal de consumo se realizan a disposición del operador del sistema:

a) personas autorizadas de organizaciones incluidas en las listas de organizaciones que llevan a cabo acciones reales para introducir restricciones de emergencia;

b) Personas autorizadas de los consumidores en los casos previstos por este Reglamento.

33. Al recibir (incluso a través de organizaciones de red) un comando del operador del sistema para ingresar horarios para el apagado temporal del consumo por parte de personas autorizadas a tomar medidas para apagar temporalmente el consumo, las líneas eléctricas y los transformadores que abastecen a los consumidores se desconectan inmediatamente directamente de los centros de suministro de organizaciones, incluidas en las listas de organizaciones que llevan a cabo acciones reales para introducir restricciones de emergencia, o subestaciones receptoras de consumidores durante la eliminación de modos de energía eléctrica de emergencia.

En algunos casos, a petición del consumidor, las líneas desconectadas, los transformadores pueden encenderse desde los centros de suministro, siempre que el consumidor se asegure de que el consumo de energía eléctrica se reduce a un valor determinado.

A bajas temperaturas exteriores, cuando una interrupción prolongada en el suministro de energía puede provocar una falla en el funcionamiento de los sistemas de calefacción, a pedido del consumidor, es posible reemplazar las líneas de suministro desconectadas y los transformadores del consumidor con otras líneas y transformadores de otras colas del programa para el apagado temporal del consumo sin reducir el volumen de apagado especificado.

Al aplicar los horarios de limitación de emergencia, se deben tener en cuenta los cambios estacionales en el consumo de electricidad.

34. Inmediatamente después de la desconexión del consumo, las organizaciones de la red incluidas en la lista de destinatarios primarios de los comandos sobre restricciones de emergencia notifican a las organizaciones incluidas en la lista de destinatarios secundarios de los comandos sobre las restricciones de emergencia, así como a los consumidores con los que contrata el suministro. Se han concluido los servicios para la transmisión de energía eléctrica, ingresando horarios de parada temporal de consumo, así como los motivos y la duración esperada de su implantación.

35. Si el consumidor no cumple con los comandos (órdenes) del operador del sistema para ingresar horarios de limitación de emergencia, así como en caso de falla de la automatización de emergencia, las organizaciones de la red tienen el derecho de desconectar al consumidor especificado directamente de los centros de abastecimiento o limitar su consumo hasta blindaje de emergencia.

36. En caso de incumplimiento de los volúmenes especificados de introducción de restricciones de emergencia en términos de horarios de parada temporal del consumo en caso de emergencia o amenaza de sobrecarga de emergencia y daños a líneas eléctricas u otros equipos eléctricos con el fin de prevenir la interrupción del funcionamiento estable del sistema de energía, daños masivos al equipo de las centrales eléctricas, redes y consumidores, cortes masivos no organizados de los consumidores, el operador del sistema puede emitir un comando (orden) a las organizaciones incluidas en la lista de destinatarios principales de comandos sobre restricciones de emergencia, sobre desconexión de líneas eléctricas y transformadores que abastecen a consumidores no incluidos en los horarios de restricción de emergencia, de entre consumidores, cuya lista se acuerda con el operador del sistema y los principales destinatarios de los comandos de límite de emergencia.

37. En caso de apagones no programados debido a daños en el equipo, incluidos desastres naturales, así como debido a la necesidad de desconectar el suministro de energía para eliminar la amenaza a la vida y la salud de las personas, se introducen por iniciativa programas de limitación de emergencia de organizaciones de redes o propietarios de equipos de generación. Al mismo tiempo, el nivel mínimo requerido de consumo de energía eléctrica de acuerdo con el nivel de emergencia o blindaje tecnológico en caso de imposibilidad de transferir energía eléctrica debido a daños en los equipos de las organizaciones de red o productores de energía eléctrica lo proporciona el uso. de fuentes de alimentación de respaldo autónomas por parte del consumidor, previstas por la categoría de confiabilidad de la fuente de alimentación establecida para él ...

El operador del sistema determina los motivos para la autoinscripción de los horarios de limitación de emergencia de acuerdo con la cláusula 191 de las Reglas para el funcionamiento de los mercados minoristas en forma de un documento firmado por una persona autorizada del centro de expedición, que se lleva a la atención de las organizaciones pertinentes y está sujeta a aplicación desde el momento en que se recibe el documento especificado.

38. Durante el período de restricción de emergencia, las organizaciones que realizan las acciones reales para introducir restricciones de emergencia controlan el modo de consumo de electricidad utilizando todos los medios disponibles e informan inmediatamente a los centros de despacho del operador del sistema sobre el estado del modo de consumo de electricidad.

IV. Reglas para el uso de la automatización de emergencia.

39. Con el fin de prevenir y eliminar los modos de energía eléctrica de emergencia y evitar cortes masivos de los consumidores, se utilizan dispositivos automáticos de emergencia para desconectar la carga de los consumidores (en adelante, PAON).

40. PAON incluye limitación automática de reducción de frecuencia, diseñada para asegurar el funcionamiento confiable del Sistema Unificado de Energía de Rusia (en adelante, el UES de Rusia) y sistemas de energía eléctrica territorial tecnológicamente aislados en caso de un déficit significativo de potencia activa en algunas de sus partes. (regiones) con su separación de emergencia y reducción de frecuencia de corriente eléctrica por debajo de 49,8 Hz y voltaje, lo que representa una amenaza de daño a los equipos de las instalaciones de energía eléctrica, la seguridad de las centrales nucleares, la interrupción del funcionamiento normal de los dispositivos de recepción de energía de los consumidores, como así como la ocurrencia de una avalancha de frecuencia y voltaje de cese completo fuente de alimentación.

La limitación automática de reducción de frecuencia opera desconectando la carga de los consumidores e incluye:

a) automatización de la descarga de frecuencia, que desconecta la carga de los consumidores en sucesión por turnos a medida que la frecuencia de la corriente eléctrica disminuye para detener su disminución;

b) automatización de descarga adicional de áreas especialmente deficientes, actuando además de la automatización de descarga de frecuencia para evitar la desconexión completa (apagón) de consumidores y parada de centrales eléctricas;

c) automatización de la separación de las plantas de energía en un trabajo separado del UES de Rusia: automatización de división de frecuencias;

d) deslastre automático especial de carga, que, en caso de modos de energía eléctrica de emergencia, desconecta parte de la carga de los consumidores para evitar la violación de la estabilidad estática y dinámica del régimen de energía eléctrica;

e) otra automatización de control de emergencia, uno de cuyos tipos de acciones de control es la desconexión de una parte de la carga de los consumidores, destinada a:

evitar la aparición de una avalancha de tensión con autodesconexión de los consumidores debido a una caída de tensión por debajo de los valores admisibles de emergencia - limitación automática de reducción de tensión;

protección contra sobrecargas de equipos: descarga automática de líneas eléctricas, descarga automática de transformadores y descarga automática de autotransformadores, descarga automática de otros tipos de equipos;

mantener la estabilidad del sistema de energía y sus nodos de energía individuales: un sistema centralizado de automatización de control de emergencia, automatización para evitar perturbaciones de estabilidad, descarga automática en caso de sobrecarga de energía, y otros.

41. La automatización especificada en estas Reglas actúa apagando los receptores de energía de los consumidores y equipos eléctricos de acuerdo con el algoritmo determinado por el proyecto, desarrollado en base a los requisitos técnicos del operador del sistema.

42. El procedimiento para acordar, tomar una decisión, emitir permisos, emitir comandos de despacho (órdenes) para cambiar el modo tecnológico de operación o el estado operativo de los dispositivos PAON incluidos en la lista de objetos de despacho lo determina el operador del sistema.

43. El centro de despacho del operador del sistema, basado en la evaluación de los cálculos de posibles perturbaciones de emergencia del régimen de energía eléctrica y el análisis de la amenaza de escasez de energía eléctrica y potencia, escasez de rendimiento en secciones controladas y en ciertos tramos de la red eléctrica en el área de operación del centro de despacho correspondiente, determina la necesidad de uso de PES, su tipo, factores de su lanzamiento y volúmenes de acciones de control, lugar de su instalación y objetos de influencia.

44. Los valores de los volúmenes de la carga de los consumidores conectados bajo la acción del PES, la configuración de los ajustes de los dispositivos del PES, el cambio en los volúmenes de la carga conectada bajo la acción del PES ( en adelante, las tareas del operador del sistema) para los sujetos de la industria de energía eléctrica y los consumidores que operan en el área de operación del centro de expedición correspondiente son determinados por el despachador el centro del operador del sistema, teniendo en cuenta las condiciones técnicas características de esta zona de operación y las condiciones de su operación como parte de la UES de Rusia o un sistema de energía eléctrica territorial tecnológicamente aislado y son enviadas por ellos a las organizaciones de la red, así como a los propietarios y otros propietarios legales de plantas de energía que operan en el área operativa del centro de expedición correspondiente ...

45. La frecuencia de emisión de asignaciones para cambiar la configuración de los dispositivos PES y cambiar los volúmenes de la carga conectada bajo el PES es establecida por el operador del sistema sobre la base del monitoreo constante del régimen de energía eléctrica del sistema eléctrico, así como cuando se ponen en funcionamiento nuevas capacidades de generación e instalaciones de la red eléctrica.

46. ​​Con el fin de formular las tareas del operador del sistema, así como aclarar y optimizar los principios del PES, asegurar su selectividad en la forma y términos que establezca el contrato de prestación de servicios para la transmisión de energía eléctrica. , los consumidores, los proveedores garantes (ventas de energía y (o) organizaciones proveedoras de energía) deben presentar a la organización de la red, y en los casos en que los dispositivos PAON estén incluidos en la lista de objetos de despacho, al operador del sistema la información tecnológica necesaria, incluyendo:

a) circuitos eléctricos principales;

b) características de los equipos eléctricos;

c) diagramas de los dispositivos de protección de relés y control de emergencia;

d) datos operativos sobre modos tecnológicos de operación de equipos eléctricos;

e) la lista y capacidad de los colectores actuales de consumidores, que pueden ser desconectados por dispositivos PAON.

47. Las organizaciones de la red, así como los propietarios y otros propietarios legales de centrales eléctricas, informan al operador del sistema de información sobre el cumplimiento de las tareas del operador del sistema al conectar la carga de los consumidores bajo la acción del PES, cambiando la configuración del dispositivos del PES y cambiando los volúmenes de la carga conectada bajo la acción del PES.

48. Los sujetos de la industria de energía eléctrica y los consumidores deben asegurar la ubicación y operación de los dispositivos de PSA que les pertenezcan por derecho de propiedad u otra base legal, así como la posibilidad de implementar las acciones de control de los PSA de acuerdo con los requisitos. del operador del sistema, si el contrato de prestación de servicios para la transmisión de energía eléctrica no estipula que se encomiende la obligación de asegurar la colocación y funcionamiento de los dispositivos PAON, así como la posibilidad de implementar las acciones de control de PAON a la organización de la red.

49. Si, al concluir un acuerdo sobre la implementación de la conexión tecnológica a las redes eléctricas por parte del consumidor y la organización de la red en condiciones tecnicas para la conexión tecnológica, no se incluyeron los requisitos para conectar los receptores de energía de los consumidores bajo la acción del equipo PAON, incluida la ubicación de dispositivos terminales y dispositivos que brindan entrada remota de horarios para el apagado temporal del consumo desde los centros de despacho del operador del sistema De acuerdo con los requisitos del operador del sistema, las condiciones relevantes están previstas por el contrato de servicio para la transferencia de energía eléctrica entre las mismas partes.

Las medidas para equipar los receptores de energía de los consumidores con dispositivos PAON de acuerdo con los requisitos del operador del sistema son llevadas a cabo por la organización de la red, a menos que el contrato de prestación de servicios para la transmisión de energía eléctrica disponga lo contrario.

50. Los receptores de energía de los consumidores de todas las categorías de confiabilidad de la fuente de alimentación se pueden conectar bajo la acción de PAON.

51. Bajo la acción de PAON, el nivel mínimo requerido de consumo de energía eléctrica de acuerdo con el nivel de emergencia o blindaje tecnológico se proporciona mediante el uso de fuentes de energía de respaldo autónomas con arranque automático por parte del consumidor, previstas por la categoría de potencia. fiabilidad de suministro de este consumidor.

Las fuentes de energía de respaldo autónomas, si los términos del acuerdo sobre la primera o segunda categoría de confiabilidad prevén su presencia, son instaladas por el consumidor y mantenidas en un estado de preparación para su uso en caso de interrupciones o la introducción de restricciones en el consumo de energía eléctrica. En caso de incumplimiento por parte del consumidor el requisito especificado Las fuentes de alimentación redundantes autónomas son instaladas y mantenidas por la organización de la red a expensas del consumidor respectivo. En caso de cortes de energía debido a la acción del PES antes de la instalación de fuentes de energía de respaldo autónomas, la organización de la red no es responsable de la violación de los términos de la categoría de confiabilidad del suministro de energía según el contrato.

52. Las organizaciones de la red informan al operador del sistema sobre los hechos del lanzamiento y operación del PES en la forma y términos estipulados por los requisitos reglamentarios y técnicos, así como los acuerdos de interacción tecnológica sobre el control de despacho operativo.

V. El procedimiento para determinar el tamaño de la armadura de suministro de energía tecnológica y de emergencia y los requisitos para los dispositivos receptores de energía correspondientes.

53. La armadura tecnológica de la fuente de alimentación es el menor consumo de energía y el tiempo que requiere el consumidor para completar de forma segura proceso tecnológico, ciclo de producción, después del cual se pueden apagar los receptores de energía correspondientes.

54. Se instala una armadura tecnológica de suministro de energía para los consumidores - entidades legales el uso de procesos tecnológicos continuos en el ciclo de producción, cuya terminación repentina causa peligro para la vida humana, el entorno y / o interrupción irreversible del proceso tecnológico.

55. El tiempo requerido para completar el proceso tecnológico, así como el tiempo máximo permitido para un corte de energía que no conduzca a una interrupción irreversible del proceso tecnológico, se establece sobre la base de mapas tecnológicos, documentación del proyecto el consumidor, la conclusión del instituto de diseño de sucursales, y en su ausencia se determina por mutuo acuerdo de las partes del acuerdo de suministro de energía (prestación de servicios para la transmisión de energía eléctrica).

56. La carga real (consumo de energía) de los receptores eléctricos de la armadura tecnológica de la fuente de alimentación se determina mediante mediciones o cálculos, teniendo en cuenta el factor de utilización.

57. Los receptores eléctricos de un proceso tecnológico continuo, cuyo tiempo de finalización exceda los tres días, deben asignarse a líneas de suministro separadas, que no están sujetas a interrupción temporal del suministro de energía eléctrica hasta la finalización del proceso tecnológico, y siempre con dispositivos de medición de energía eléctrica.

58. La armadura de emergencia del suministro de energía es el consumo mínimo de energía eléctrica (la potencia más baja), proporcionando un seguro para la vida y la salud de las personas y el medio ambiente, el estado de la empresa con un proceso tecnológico completamente detenido.

59. Los receptores eléctricos de blindaje de suministro de energía de emergencia para los propósitos de estas Reglas incluyen: iluminación de emergencia y seguridad, seguridad y alarma de incendios, bombas extintoras, comunicaciones, ventilación de emergencia.

60. La carga real del blindaje de la fuente de alimentación de emergencia se determina mediante mediciones o cálculos.

61. Los receptores eléctricos de la armadura de suministro de energía de emergencia deben asignarse a líneas de suministro separadas, a través de las cuales el suministro de energía eléctrica (energía) no está sujeto a limitación o interrupción temporal en caso de ocurrencia o amenaza de ocurrencia de modos de energía eléctrica de emergencia. Las líneas de suministro de energía que proporcionan suministro de energía a los consumidores de energía de la armadura de emergencia deben tener dispositivos de medición de energía eléctrica.

62. El volumen del suministro de energía eléctrica mínimo requerido para el consumidor en caso de una emergencia o amenaza de un régimen de energía eléctrica de emergencia se determina en el acto de aprobación de la armadura tecnológica y de emergencia del suministro de energía del consumidor (en adelante, como la ley), que es un anexo integral al contrato de suministro de energía (el contrato de prestación de servicios para la transmisión de energía eléctrica).

El acto se elabora en el formulario de acuerdo con este Reglamento y se utiliza para formar horarios de limitación de la modalidad de consumo y horarios de desconexión temporal del consumo, incluso para la distribución de cargas limitadas y desconectadas de consumidores por colas.

63. La ley se elabora con todos los consumidores incluidos en los horarios de limitación de la modalidad de consumo y horarios de desconexión temporal del consumo, con el fin de determinar la magnitud y secuencia de la carga limitada y desconectada de consumidores.

64. También se pueden redactar leyes tanto por iniciativa del consumidor como por iniciativa de la organización de suministro de energía (red) con consumidores no incluidos en los calendarios de limitación de emergencia.

65. El consumidor y la organización de suministro de energía (red) conservan las copias emitidas de la ley. El número de copias del acto lo determinan las partes en el momento de su redacción. El período de validez del acto no está limitado.

66. La revisión de la ley se realiza por iniciativa de una de las partes en los siguientes casos:

al cambiar el esquema de suministro de energía externo y (o) interno al consumidor;

cuando cambia la tecnología de producción;

otros casos que se determinan en la redacción de un acto.

67. El acto va acompañado de un diagrama eléctrico básico unifilar del suministro de energía de la empresa en modo normal, firmado por la organización de suministro de energía (red) y el consumidor.

En el diagrama eléctrico principal unifilar de la fuente de alimentación de la empresa en modo normal, debe indicarse:

los límites de la responsabilidad operativa entre el consumidor y la organización de suministro de energía (red);

todas las líneas eléctricas que suministran al consumidor una indicación de las cargas permitidas;

comunicación entre subestaciones y aparamenta en qué líneas eléctricas están conectadas, conexiones con otros consumidores o fuentes de suministro de energía con una indicación de las cargas permitidas;

posición de los dispositivos de conmutación en funcionamiento normal (encendido, apagado);

disponibilidad de seccionadores de bus y dispositivos de conmutación de transferencia automática (indicando su acción unidireccional o bidireccional);

disponibilidad de equipos de conmutación manual;

sección transversal de las líneas de suministro de energía;

conexión de receptores eléctricos de blindaje tecnológico y de suministro de energía de emergencia a líneas eléctricas;

lugares de instalación de dispositivos de medición de energía eléctrica consumida por receptores eléctricos de blindaje tecnológico y de suministro de energía de emergencia.

68. En la redacción del acta se deben cumplimentar todos los indicadores previstos, así como identificar las líneas de suministro que puedan ser apagadas de forma inmediata (sin previo aviso) y cuyo cierre temporal no provoque accidentes con personas ni consecuencias ambientales graves. .